Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130611-242

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

EDICTO

242
Procedimiento ordinario 884 de 2012

Doña Raquel López-Fando de Miguel, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 884 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Alique Carboneras, doña Patricia Pajarón Fernández y doña Isabel Brande Muñoz, contra las empresas “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 198 de 2013

En Cuenca, a 30 de abril de 2013.—Vistos por mí, doña María Elena Rivera Ochandio, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca, los autos de procedimiento ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 884 de 2012, a instancias de doña Isabel Brande Muñoz, doña Carmen Alique Carboneras y doña Patricia Pajarón Fernández, asistidas por el letrado don Félix Martínez García, en reclamación de cantidad, contra las empresas “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no han comparecido pese a estar citados en legal forma.

Fallo

Que debo estimar y estimo sustancialmente las demandas interpuestas por doña Isabel Brande Muñoz, doña Carmen Alique Carboneras y doña Patricia Pajarón Fernández, asistidas por el letrado don Félix Martínez García, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, actualmente denominada “Terral Wind, Sociedad Limitada”, no comparecida, a la que debo condenar y condeno a abonar a cada una de las trabajadoras demandantes las siguientes cantidades, más los intereses establecidos en el fundamento de derecho cuarto: a doña Carmen Alique Carboneras 8.583,73 euros, a doña Patricia Pajarón Fernández 4.706,10 euros y a doña Isabel Brande Muñoz 4.226,20 euros, sin que haya lugar a declarar la responsabilidad civil subsidiaria establecida respecto del Fondo de Garantía Salarial en el artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores, sin perjuicio de lo establecido en el mismo artículo 33.4 y 6 del Estatuto de los Trabajadores, en relación con lo establecido en el artículo 23.5 y 6 de la Ley de la Jurisdicción Social, sin pronunciamiento en materia de costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo social, debiendo anunciarse previamente ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación.

Adviértase a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado la cantidad de 300 euros en la cuenta corriente de este Juzgado de lo social tiene abierta en la entidad “Banesto” de esta ciudad, con la identificación “Recursos de suplicación” y número 1619000069088412 y la consignación, en su caso, de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de este Juzgado, abierta en la misma entidad bancaria, con identificación “Depósitos y consignaciones” y mismo número de cuenta.

Así lo acuerda, manda y firma doña María Elena Rivero Ochandio, magistrada-juez titular de este Juzgado de lo social número 1 de Cuenca y su partido judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 30 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.362/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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