Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130612-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

72
Juicio verbal 217 de 2012

El Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal número 217 de 2012, seguidos a instancias de comunidad de propietarios de la calle Palma, número 13, de Madrid, contra doña Shahram Farzad, en los que se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales señora Gómez García, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Palma, número 13, de Madrid, contra doña Shahram Farzad, y en su mérito condeno a la demandada al pago de 2.658,72 euros, más intereses legales desde la interpelación judicial. Con expresa condena en costas a la parte demandada.

Diligencia de ordenación de la secretaria, doña Concepción González Moreno.—En Madrid, a 25 de abril de 2013.

El anterior escrito presentado por la procuradora doña Ester Gómez García, en nombre y representación de la parte demandante, únase a los autos de su razón; visto su contenido, notifíquese la sentencia al demandado rebelde, doña Shahram Farzad, por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el cual se le entregará con la notificación de la presente resolución para que cuide de su diligenciamiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la secretaria judicial que la dictó, en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación, siendo necesario ingresar 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, especificando en el campo “Concepto” del resguardo de ingreso la palabra “Recurso”, seguido del “Código 01 Civil-Reposición”, sin cuyo requisito no se admitirá a trámite el recurso.

Por motivos de garantía de la protección de datos, no se facilitará información de los expedientes por teléfono, por lo que, en caso de requerir información sobre el estado de su tramitación se deberá personar debidamente identificado en la Secretaría de este Juzgado.

Así lo acuerdo y firmo, Doy fe.—La secretaria.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Shahram Farzad, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 25 de abril de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/4.033/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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