Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130612-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

URBANISMO

43
Modificación Puntual Plan Parcial Ampliación Este Los Villares 1 y 2

Se hace saber que por el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 6 de marzo de 2013, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 13 del Plan Parcial de la Unidad de Ejecución número 35/36 “Ampliación Este Los Villares 1.o y 2.o”, consistente en la redistribución del número máximo de viviendas en las parcelas que se detallan, en la forma siguiente.



Segundo.—Comunicar el acuerdo de aprobación definitiva al órgano competente de la Comunidad de Madrid, en el plazo de diez días, y remisión de un ejemplar del documento técnico al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Tercero.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el texto íntegro del acuerdo de aprobación definitiva y sus normas urbanísticas, así como notificación personal al representante legal de la Junta de Compensación de la UE-35/36 y a los propietarios afectados por la presente modificación.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer potestativamente recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a esta notificación, ante el mismo órgano que lo dictó o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la presente notificación, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de la provincia de Madrid.

Arganda del Rey, a 26 de marzo de 2013.—La concejala-delegada de Ordenación del Territorio, Medio Ambiente, Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad, Sonia Pico Sánchez.

(02/4.337/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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