Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2013

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130614-29

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

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RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2013, por la que se procede a la publicación de las Órdenes resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de carreteras (Ed. 87/13).

Por no haber sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios las notificaciones de las Órdenes que se relacionan en el Anexo I, resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de carreteras, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a su exposición en el tablón de edictos en el respectivo Ayuntamiento, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre).

En los casos en los que dichas Órdenes resuelvan recursos de alzada interpuestos en tiempo y forma, ponen fin a la vía administrativa. En el resto de los supuestos, la firmeza en vía administrativa se produjo en los términos previstos en los artículos 109 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Contra todas ellas cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.

El importe de las sanciones, en su caso, deberá hacerse efectivo dentro del plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden, en las correspondientes cuentas corrientes de las entidades colaboradoras, indicando el número de expediente y la identificación del interesado. En caso contrario se procederá al cobro por el procedimiento de apremio, con arreglo a lo dispuesto en la Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

CLAVES DE IDENTIFICACIÓN

(1) Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo).

(2) Real Decreto 29/1993, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de abril).

Madrid, a 24 de mayo de 2013.—La Secretaria General Técnica, Matilde García Duarte.

ANEXO I

Sancionado. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción. — Preceptos infringidos. — Fecha de la resolución del recurso. — Sentido de la resolución del recurso. — Sanción

Mírame Publicidad, Sociedad Limitada. — Plaza de la Brigada Paracaidista, número 4, esc. 1, primero A, 30007 Santiago y Zaraiche (Murcia). — 26311.9/12. — Instalación de cartel publicitario en zona de dominio público de la carretera (a 6 m de la arista exterior de explanación), de medidas 8 ´ 3 m, con el siguiente texto: “Getafe Bulevar/Centro Comercial...”, en el punto kilométrico 8 + 300, margen izquierda, de la carretera M-45 (tramo de la M-40 a la N-IV), en el término municipal de Madrid. — Artículos 34 de la Ley de Carreteras (1) y 45.3.g) y 49 de la citada Ley, así como a los artículos 107.2.d) y 113.g) de su Reglamento (2), en conexión con la Orden de 23 de mayo de 2006 por la que se aprueban las modificaciones de las cuantías de las sanciones. — 13 de marzo de 2013. — Recurso de alzada. — Desestimar. — 9.147 euros.

(01/1.598/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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