Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130617-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

135
Procedimiento 735 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 735 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín Benavente Esquinas, frente a “Airvac, Sociedad Limitada”, y “JDP Airvac, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 8 de mayo de 2013.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Agustín Benavente Esquinas con las empresas “Airvac, Sociedad Limitada”, y “JDP Airvac, Sociedad Limitada”, declarando la responsabilidad solidaria de las mismas respecto a la condena derivada de la extinción, y así se condena a las demandadas de forma solidaria a que abonen a la pare ejecutante las siguientes cantidades:

En concepto de indemnización: la cantidad de 59.162,49 euros, resultado de calcular cuarenta y cinco días por año trabajado hasta la presente resolución (8 de mayo de 2013).

En concepto de salarios de tramitación la cantidad resultante desde la fecha de despido (8 de mayo de 2012) y hasta el día de la fecha de esta resolución, lo que supone trescientos sesenta y cinco días, por un salario por día de 63,48 euros, resulta la cantidad de 23.170,2 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2524/0000/61/0735/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Henar Merino Senovilla.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma “JDP Airvac, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 16 de mayo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.299/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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