Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130619-240

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LOGROÑO NÚMERO 2

240
Autos 868 de 2012

EDICTO

Doña Olga Revuelto Ruiz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Logroño.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 868 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Vila Serén, contra las empresas “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, “CIS Cía. Integral Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 195 de 2013 que en lo necesario es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo en parte la demanda presentada por don José Luis Vila Serén, contra las mercantiles “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y “CIS Cía. Integral Seguridad, Sociedad Anónima”, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, y, en consecuencia, condeno a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, a abonar al demandante la cantidad de 3.366,10 euros, y absuelvo a “CIS Cía. Integral Seguridad, Sociedad Anónima”, de las pretensiones formuladas en su contra, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda corresponder al Fondo de Garantía Salarial conforme a la legislación vigente.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación, con las formalidades, depósitos y consignaciones para recurrir establecidas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Extiendo la presente para que sirva de notificación de sentencia a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en paradero desconocido, y, en su caso, “ad cautélam”, para su publicación en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Logroño, a 14 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.576/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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