Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130619-252

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 1

252
Autos 608 de 2012

EDICTO

Don Jaime Támara Silván, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Zamora.

Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 608 de 2012 de este Juzgado de lo social número 1 de Zamora, se ha dictado sentencia número 136 siguiente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad “ATIME”, en ignorado paradero, haciéndole saber que en la sede de dicho Juzgado podrá tener conocimiento íntegro del acto, y que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, con sede en Valladolid, pudiendo anunciarse el mismo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, o por mera manifestación de la parte, de su abogado o representante, al efectuarse esta, de su propósito de entablarlo. Asimismo, se advierte a la condenada que en caso de interposición del mencionado recurso y al tiempo de anunciarlo deberá ingresar en la cuenta abierta por este Juzgado en el “Banco Español de Crédito”, oficina principal de esta capital, denominada “Depósitos y consignaciones” número 4839/0000/65/0608/12, el importe de la condena, así como la cantidad de 300 euros en concepto de depósito, sin cuyos requisitos no será viable el recurso.

Se advierte a las partes que, en caso de interposición del mencionado recurso y al tiempo de formalizarlo, deberán acreditar el haber satisfecho las tasas correspondientes, de conformidad con la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, y orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Zamora, a 21 de mayo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.544/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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