Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130619-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

113
Procedimiento ordinario 571 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el presente procedimiento ordinario seguido a instancias de “Bansabadell Fincom, Entidad Financiera de Crédito”, frente a don Adolfo Eulogio Rey Castro Rey, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 198 de 2013

En Madrid, a 11 de febrero de 2013.—La señora doña Ana Alonso Rodríguez-Sedano, magistrada-juez de primera instancia de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 571 de 2012, a instancias de “Bansabadell Fincom, Entidad Financiera de Crédito”, representada por el procurador de los tribunales don Emilio García Guillén, asistida del letrado don Roberto Pérez Frechoso, contra don Adolfo Eulogio Rey Castro Rey.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Emilio García Guillén, en nombre y representación de “Bansabadell Fincom, Entidad Financiera de Crédito”, contra don Eulogio Rey Castro Rey, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 9.097,31 euros, más los intereses pactados desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, así como las costas de este proceso.

Llévese esta sentencia al libro de su clase, dejando testimonio suficiente en los autos.

Notifíquese la presente resolución al demandado en rebeldía y paradero desconocido por medio de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde la notificación de esta sentencia, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

La admisión del recurso precisará que, al interponerse, se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1845/00/3250 (cuenta del Juzgado)/XXXX (número del procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/XX (dos últimas cifras del año del procedimiento) abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto”, el depósito de 50 euros exigidos por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009).

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Adolfo Eulogio Rey Castro Rey se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 11 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/4.194/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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