Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130619-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

131
Procedimiento 1.425 de 2012

EDICTO

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.425 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Unión General de Trabajadores, frente a Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, Comisiones Obreras, “Prosegur Cía de Seguridad, Sociedad Anónima”, Sindicato Autónomo de Empresas de Seguridad y Unión Sindical Obrera de Madrid, sobre conflicto colectivo, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 24 de mayo de 2013.

De conformidad con el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 13 de marzo de 2013 y lo acordado en Junta de Jueces de fecha 21 de marzo de 2013, relativo a la medida de refuerzo a la Jurisdicción Social, procede suspender el acto de juicio que estaba señalado el día 21 de enero de 2014, a las nueve y cuarenta horas, se ha señalado para el órgano de refuerzo para el día 30 de septiembre de 2013, a las nueve y cuarenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo; doy fe.—La secretaria judicial.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Sindicato Autónomo de Empresas de Seguridad y Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.057/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130619-131