Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130620-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 2

208
Autos 327 de 2013

EDICTO

Que en virtud de lo acordado en los autos de despido/ceses en general número 327 de 2013, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se cita a “Atención Domiciliaria San Camilo, Sociedad Limitada”, cuyo último domicilio lo tuvo en avenida de Manoteras, número 38, edificio B, despacho 6, de Madrid, a fin de que el día 9 de julio de 2013, a las nueve y quince horas, comparezca ante este Juzgado, sito en la plaza de Colón, sin número, Sala 8, planta sótano, de Salamanca, para celebrar acto de conciliación y a continuación el del juicio, de no haber avenencia. Advirtiéndole que es única convocatoria, que deberá concurrir con todos los medios de prueba de que intente valerse y que en el acto no podrá suspenderse por falta injustificada de asistencia de las partes. Citar para interrogatorio al representante legal de la demandada, con la advertencia de que, de no comparecer, podrá tenérsele por confeso. Requerir a la demandada para que aporte la nómina que se solicita.

Y se le hace constar que las copias de la demanda se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y bajo apercibimiento de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial. Insértese un extracto de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que sirva se citación y requerimiento en forma a la demandada expido la presente que firmo en Salamanca, a 31 de mayo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.179/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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