Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130622-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

103
Procedimiento 1.379 de 2012-01

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.379 de 2012-01 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángeles García Romero, frente a “Proyectos Integrales de Formación, Sociedad Limitada”, sobre pieza de medidas cautelares, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 3 de abril de 2013.

Consignada la cantidad de 26.787,02 euros y siendo la cantidad objeto de aseguramiento de 11.802,15 euros, se acuerda alzar los embargos trabados librándose al efecto los oficios correspondientes y poner a disposición de la empresa “Proyectos Integrales de Formación, Sociedad Limitada”, la cantidad de 14.984,87 euros, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado los días lunes, jueves o viernes, de nueve y treinta a trece treinta horas, a los fines de hacerle entrega del oportuno mandamiento de devolución, debiendo acreditar su personalidad por medio del correspondiente documento nacional de identidad, pasaporte o carné de conducir, y debiéndose poner en contacto con este Juzgado a través de los teléfonos anteriormente indicados, en días previos o el mismo día en que piense comparecer en esta Secretaría, o, en su caso, presentar escrito en el que se señale cuenta corriente, alegando expresamente ser titular de la misma, a los fines de que por este Juzgado se efectúe una transferencia bancaria.

Una vez verificado se decreta el cierre y archivo de la presente pieza de mediada cautelares.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Integrales de Formación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de mayo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/18.222/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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