Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130627-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

177
Ejecución 210 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 210 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Meneses Ferrezuelo, frente a “Aislamientos Impais, Sociedad Limitada”, “Distal Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Metales, Aceros e Inoxidables, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 29 de mayo de 2013.

Parte dispositiva:

Se acuerda el embargo del bien inmueble que se describe a continuación, del que es titular “Distal Ibérica, Sociedad Limitada”, para hacer frente a las cantidades reclamadas en este procedimiento: 15.533,23 euros de principal, más otros 1.553,32 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas de la ejecución.

Finca registral número 5.575.—Naturaleza: nave industrial, sita en la calle Tajo, número 2, polígono industrial “Las Acacias”, en el término municipal de Mejorada del Campo (Madrid); referencia catastral 8809402VK5780N0001MT. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid.

Datos registrales: finca registral número 5.575. Titular de la finca: “Distal Ibérica, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-80127921, con domicilio en la calle Vidrieros, sin número, polígono industrial “El Magdaleno”, de Velilla de San Antonio (Madrid).

a) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

b) Requerir a la ejecutada “Distal Ibérica, Sociedad Limitada”, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Distal Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de mayo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/18.909/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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