Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130701-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 99

96
Juicio verbal 316 de 2011

EDICTO

Don Luis Jorge Rodríguez Díez, secretario del Juzgado de lo primera instancia número 99 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento de juicio verbal número 316 de 2011, a instancia de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, contra doña Liliana Ursu, y procede la notificación a la misma, mediante edicto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del auto de fecha 22 de marzo de 2012, aclaratorio de la sentencia número 61 de 2012, dictada en fecha 5 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, y dando lugar a la solicitud de aclaración de sentencia instada por la representación procesal de la mercantil “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, procede añadir al fallo de la sentencia el apartado d) del suplico de la demanda, condenándose a la demandada a pagar el importe del consumo de gas que resulte de la lectura efectuada en el momento de la desconexión del contador, liquidándose su importe en ejecución de sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no cabe recurso.

Así lo acuerda, manda y firma don Ramón Badiola Díez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 99 de Madrid.—Doy fe.

Así por este auto lo dispongo, mando y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a doña Liliana Ursu y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente que firmo en Madrid, a 22 de marzo de 2012.—El secretario (firmado).

(02/4.410/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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