Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2013

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130704-103

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

URBANISMO

103
Proyecto de urbanización del SUP I 1

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el día 12 de junio de 2013, adoptó el siguiente acuerdo, de conformidad con la propuesta formulada por el concejal­-delegado de Urbanismo e Industria:

Primero.—Aprobar, definitivamente, el Proyecto de Urbanización del SUP 1 con las siguientes condiciones:

— Para atender el suministro eléctrico del sector es condición imprescindible que se ponga a disposición de “Iberdrola Distribución Eléctrica” el terreno necesario para la ubicación de una subestación transformadora.

— No podrán iniciarse las obras de abastecimiento de agua para consumo humano y de la red de saneamiento del sector hasta la suscripción de los correspondientes convenios, de conformidad técnica entre el promotor y el Canal de Isabel II Gestión, donde se establecerán los compromisos adquiridos por ambas partes para la recepción de dichas obras.

— De acuerdo con lo aprobado en el Pleno de 4 de diciembre de 2008, se entregará en el plazo de dos meses, a contar desde esta aprobación definitiva, un aval por el importe señalado como garantía de pago en dicho acuerdo plenario para este sector, en concepto de aportación a los sistemas generales externos.

Según lo establecido en el primer párrafo del artículo 108.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con carácter previo al comienzo de las obras de urbanización deberá constituirse a favor del Ayuntamiento garantía de su correcta ejecución por importe mínimo del 10 por 100 del importe total previsto para dichas obras.

Sometida a votación la propuesta de referencia resultó aprobada por unanimidad.

Lo que se notifica paro su conocimiento y efectos, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, advirtiéndole de que la interposición del recurso no paraliza lo ejecutividad de la resolución.

Con carácter potestativo, podrá, asimismo, interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto impugnado. No se podrá presentar el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición. No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, de conformidad con la legislación vigente.

En San Fernando de Henares, a 13 de junio de 2013.—El concejal-delegado de Urbanismo e Industria, Alberto López Cabrera.

(02/4.641/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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