Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130711-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 4

95
Procedimiento ordinario 872 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia Ramos García, secretaria judicial.

Doy fe: que en el procedimiento ordinario número 872 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 17 de abril de 2012, cuyo extracto es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando sustancialmente la demanda formulada por la representación de don Dionisio Martín Núñez, doña Cecilia Rubio Moreno, don Sabino Rodríguez Rey y doña Encarnación García-Calvillo Callejas, contra “Promociones Dam-House, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro resueltos, y sin efecto alguno, por el cumplimiento de la condición resolutoria expresa pactada en los mismos, el contrato privado de permuta de terreno por obra futura firmado el día 5 de abril de 2007, así como la escritura pública de permuta de terreno por obra terminada de fecha 4 de junio de 2011, condenando a la entidad demandada “Promociones Dam-House, Sociedad Limitada”, a que reintegre a los actores las fincas registrales números 30.107, 30.108 y 30.109 del Registro de la Propiedad de Madridejos (Toledo), procediéndose a la anulación y cancelación de la inscripción registral de la escritura de permuta de terrenos por obra terminada, así como de cuantas cargas y gravámenes existieran y fueran posteriores a la condición resolutoria.

Procede condenar a la demandada al abono de las costas procesales.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Promociones Dam-House, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Móstoles, a 19 de junio de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/4.671/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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