Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130713-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

70
Procedimiento ordinario 649 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 649 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Purificación Hernández Sánchez, frente a “Inversiones Matritenses Nuevo Siglo, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 224 de 2013

En Madrid, a 6 de junio de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, doña María Henar Merino Senovilla, los presentes autos número 649 de 2012, seguidos a instancias de doña Purificación Hernández Sánchez, representada y asistida por letrado, y de otra, como demandada, “Inversiones Matritenses Nuevo Siglo, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Purificación Hernández Sánchez, frente a la demandada “Inversiones Matritenses Nuevo Siglo, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la trabajadora la cantidad total de 2.478,54 euros, más el 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente para dicha cantidad y, asimismo, se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias jurídicas y económicas inherentes a la misma.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Inversiones Matritenses Nuevo Siglo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de junio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.266/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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