Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130716-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4

137
Procedimiento 22 de 2012

EDICTO

Doña María Esther Somoza Hernández, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 4 (anterior mixto número 7) de Torrejón de Ardoz.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado de divorcio contencioso número 22 de 2012, a instancias de doña Alina Rasica, contra don Daniel Aurel Rasica, ha recaído la siguiente sentencia, cuyo fallo literalmente dice así:

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador señor Jerez Fernández, en nombre y representación de doña Alina Rasica, contra don Daniel Aurel Rasica, decretando la disolución, por divorcio, del matrimonio celebrado entre los mismos el día 23 de agosto de 2008, conforme a la legislación rumana, con los efectos inherentes a tal declaración, y acordando las siguientes medidas definitivas:

Atribución de la guarda y custodia del hijo común a la madre, si bien la patria potestad será conjunta.

No establecimiento de régimen de visitas del menor con el padre y demandado.

Fijación de una pensión de alimentos para el menor a cargo del demandado por importe de 100 euros mensuales que se abonarán por meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la esposa y se actualizará anualmente conforme al índice de precios al consumo o índice que lo sustituya. Los gastos extraordinarios se abonarán por mitad.

Todo ello sin expresa condena en costas de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 454, 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Daniel Aurel Rasica, en paradero desconocido.

En Torrejón de Ardoz, a 7 de junio de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/21.531/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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