Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130716-232

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

232
Procedimiento ordinario 803 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 803 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María de los Santos del Mazo, frente a “Gasca Gestión, Sociedad Limitada”, y “Global Nefandus, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 13 de junio de 2013.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 13 de junio de 2013 en los términos siguientes:

La parte demandante manifiesta desistir de su demanda contra la codemandada “Global Nefandus, Sociedad Limitada”.

“Gasca Gestión, Sociedad Limitada”, reconoce adeudar a la trabajadora la cantidad bruta de 1.055,69 euros, que será abonada en el plazo de cuarenta y ocho horas en la cuenta bancaria en la que la trabajadora percibe su salario.

La trabajadora acepta.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2524/0000/60/0803/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Global Nefandus, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de junio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.602/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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