Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130717-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

155
Ejecución 53 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 53 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Connie Paloma Zacarías Tejeda y doña Tatiana Horcajada Rodríguez, frente a “Estudios, Mercados y Suministros Sanitarios, Sociedad Limitada”, “Global Card Médica, Sociedad Limitada”, “Global Card Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada”, y “Patrimonio K 10, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueban la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la secretaria de este Juzgado por la suma de 856,84 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte ejecutada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 556,84 euros en concepto de intereses, del letrado don Francisco García Cediel la cantidad de 300 euros en concepto de costas y de la parte ejecutada la cantidad de 2.393,99 euros en concepto de sobrante, una vez firme la presente resolución, mediante mandamiento de devolución o por transferencia bancaria a las cuentas corrientes de las que sean titulares, debiendo ser facilitadas a este Juzgado en el plazo de veinticuatro horas, mediante un escrito que puede ser remitido por fax al número 914 438 410, debiendo adjuntar fotocopias de sus documentos nacionales de identidad y de la primera hoja de la cartilla.

Y una vez verificado lo anterior y firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2516/0000/64/0053/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estudios, Mercados y Suministros Sanitarios, Sociedad Limitada”, “Patrimonio K 10, Sociedad Limitada”, “Global Card Médica, Sociedad Limitada”, y “Global Card Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.038/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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