Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-143

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

143
Ejecución 158 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 158 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, frente a don Jerónimo Díaz Valdeolivas, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 19 de junio de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en esta fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, solicitando la ejecución de la sentencia de fecha 29 de junio de 2012 por la que se condena a don Jerónimo Díaz Valdeolivas al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 19 de junio de 2013.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, frente al demandado don Jerónimo Díaz Valdeolivas, parte ejecutada, por un principal de 775,46 euros, más 78,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y constando notificada al demandado la sentencia por el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, procédase a notificar por este medio; no obstante, figurando un nuevo domicilio del demandado en la Agencia Tributaria, dese traslado de la sentencia y de las resoluciones de ejecución a esta dirección por correo certificado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/1040/11.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Jerónimo Díaz Valdeolivas, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.983/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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