Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-181

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

181
Procedimiento 1.308 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.308 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Francisco Báez García, frente a “Gala Roldán, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Francisco Báez García, contra “Gala Roldán, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado al demandante con efectos de fecha 1 de octubre de 2012, y en consecuencia, condenar a la empresa demandada a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución opte entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones anteriores o el abono de una indemnización en la cuantía de 28.070,13 euros.

El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

En caso de optar por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a salarios de tramitación a razón de 44,88 euros/día desde la fecha del despido hasta la readmisión.

La opción deberá ejercitarse mediante escrito o por comparecencia ante la oficina del Juzgado dentro del plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución sin esperar a la firmeza.

Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponderle conforme a la legislación vigente.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gala Roldán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.100/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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