Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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Resolución de 18 de junio de 2013, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de Acuerdos de Inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de vías pecuarias.

Habiéndose procedido por esta Dirección General a la iniciación de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de vías pecuarias, y no habiendo sido posible la notificación de las mismas en los domicilios de sus destinatarios, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único.

Lo que se comunica a los interesados, los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, en relación con el artículo 28 del citado texto legal, podrán formular recusación, en cualquier momento de la tramitación del expediente, contra el Instructor del procedimiento.

Asimismo, y en aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública de la Comunidad de Madrid, en los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución podrán solicitar ante el Instructor del procedimiento la práctica de las pruebas que estimen pertinentes, pudiendo, igualmente, aducir alegaciones en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid) a los efectos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 18 de junio de 2013.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 7 de mayo de 2013), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES

Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción administrativa. — Posible sanción. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia

Afilal Aziz. — X-2113646-S. — Río Alberche, 4, 28600 Navalcarnero (Madrid). — V.PEC-3/13. — Artículo 21.4.c) de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en relación con el artículo 16 de la misma Ley, y el artículo 43 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, calificada como leve. — 60,10 a 601,01 euros. — Director General del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55.2 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid. Todo ello según lo dispuesto en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Julio Jabón Barral. — 46852846-Y. — Topete, 48, puerta D, 45930 Méntrida (Toledo). — V.PEC-4/13. — Artículo 21.4.c) de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en relación con el artículo 16 de la misma Ley, y el artículo 43 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, calificada como leve. — 60,10 a 601,01 euros. — Director General del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55.2 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid. Todo ello según lo dispuesto en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Afilal Abdelmaunaim. — X-8302275-B. — Urbanización “Los Olivos”, 3, cuarto D, 45280 Olías del Rey (Toledo). — V.PEC-5/13. — Artículo 21.4.c) de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en relación con el artículo 16 de la misma Ley, y el artículo 43 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, calificada como leve. — 60,10 a 601,01 euros. — Director General del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55.2 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid. Todo ello según lo dispuesto en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

(03/23.267/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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