Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-8

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 2087/2013, de 27 de junio, por la que se autoriza el cambio de denominación de la Escuela Universitaria “Cardenal Cisneros”, centro adscrito a la Universidad de Alcalá.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 11, apartado 1, que la adscripción mediante convenio a una Universidad pública de centros docentes de titularidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe favorable de su Consejo Social.

En este sentido, la Universidad de Alcalá propone el cambio de denominación de la Escuela Universitaria “Cardenal Cisneros”, centro adscrito a dicha Universidad.

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid ha informado favorablemente esta propuesta.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 126/2012, de 25 de octubre, por el que se aprueban las competencias y la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Universidades e Investigación, y previo informe del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en su reunión de 18 de junio de 2013,

DISPONGO

Primero

Autorizar el cambio de denominación de la Escuela Universitaria “Cardenal Cisneros” que pasa a denominarse Centro Universitario “Cardenal Cisneros”.

Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deporte en el plazo de un mes a partir de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 27 de junio de 2013.

La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/23.511/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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