Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-230

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

COLEGIO PROFESIONAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS

230
Expediente disciplinario

Este Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid pone en conocimiento de la colegiada número 8001, doña María Luz Díaz Mateos, que por el instructor del expediente disciplinario que se le ha incoado, don Juan Resino Gonzalo, según designación efectuada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 12 de febrero de 2013 (acta 370), y habiendo visto los antecedentes facilitados por la Comisión Deontológica de Colegiados (sección Disciplina), como consecuencia de la reclamación formulada por la comunidad de propietarios de la calle Infanta Mercedes, número 55, de Madrid, contra su actuación profesional al frente de la misma, y considerando que pudieran ser constitutivos de sanción disciplinaria en base a lo previsto en los vigentes estatutos, se le ha formulado el siguiente pliego de cargos, cuyo contenido se detalla a continuación:

Considerando que pudieran ser constitutivos de sanción disciplinaria en base a lo previsto en los vigentes estatutos y Reglamento de Régimen Disciplinario, se le formulan los siguientes cargos:

1.o Retener la documentación no contable, que ha de mantener en custodia a disposición de sus administrados, al cesar en el desempeño de sus funciones [artículo 34, apartado 2, letra K) y artículo 7, apartado 2, letra B) del Reglamento].

2.o Retrasar la confección de la correspondiente liquidación de cuentas al cese de su cargo, después de transcurridos cuarenta y cinco días desde la fecha en que se llevara a efecto dicho cese [artículo 34, apartado 2, letra L) de los vigentes estatutos y artículo 7, apartado 2, letra C) del Reglamento].

Se le concede la preceptiva audiencia para que pueda examinar el expediente, pudiendo alegar en su defensa o descargo, cuando convenga a sus intereses, por escrito, en el plazo de quince días, contados a partir de la notificación de esta resolución, aportando los medios probatorios oportunos.

Asimismo, se le comunica que de no designar usted otro defensor en el plazo de cinco días, se designará uno de oficio.

Madrid, a 27 de junio de 2013.—Firmado.

(02/5.106/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS

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