Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-223

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 3

223
Autos 646 de 2013

EDICTO

Doña Mar Rosell Comerma, secretaria del Juzgado de lo social número 3 de los de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 646 de 2013 a instancias de don Matías Blanco Albert, contra “Productos Pétreos Alfredo de la Cruz, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en la que el día 10 de julio de 2013 se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva dice:

Decreto

Se tiene por formulada y se admite a trámite la demanda interpuesta por don Matías Blanco Albert contra “Productos Pétreos Alfredo de la Cruz, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial.

Respecto a la solicitud de medida cautelar interesada por quinto otrosí digo, con testimonio de los particulares necesarios de la demanda y de esta resolución, fórmese pieza separada de medidas cautelares, acordándose respecto de la misma en resolución a parte.

En cuanto a la tramitación de la demanda principal se proveerá en resolución a parte, una vez se tenga disponibilidad de agenda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a quienes se les hará saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días ante este Juzgado y en la forma prevista en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así lo dispongo y firmo.—Doy fe.

Diligencia de ordenación (pieza separa medida cautelar)

Con testimonio de la resolución que antecede y de los particulares necesarios de la demanda, fórmese la oportuna pieza separada de medida cautelar y cítese a las partes a la celebración de comparecencia que tendrá lugar el día 24 de julio de 2013, a las nueve y treinta horas, bajo las prevenciones contenidas en el artículo 79 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en relación con los artículos 721 a 747 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sirviendo de citación a las partes la notificación de la presente resolución.—Doy fe.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante la propia secretaria que dicta la resolución.

Información sobre el depósito para recurrir en reposición:

De conformidad con la disposición adicional 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto solo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco “Banesto”, en la cuenta correspondiente a este expediente (0113 0000 30 0646 13), indicando, en el campo “Concepto”, el código “30 Social-Reposición”, y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el código de cuenta corriente (0030-1846-42-0005001274), se indicará en el campo “Concepto” el número de cuenta, el código y la fecha en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

Y para que conste y sirva de notificación y citación a “Productos Pétreos Alfredo de la Cruz, Sociedad Anónima”, cuyo último domicilio conocido fue en camino de Valdecabañas, sin número, apartado 88 de Arganda del Rey (Madrid), así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

Alicante, a 17 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.503/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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