Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130719-202

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

202
Juicio 1.400 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 1.400 de 2012, promovido por don José Antonio Martín Berigüete, sobre despido.

Empresas que se cita: “Estructura Editorial, Sociedad Limitada”, e “Iniciativas Actuales de Comunicación, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por don José Antonio Martín Berigüete, frente a “Estructura Editorial, Sociedad Limitada”, “Iniciativas Actuales de Comunicación, Sociedad Limitada”, “Diversidad Informática, Sociedad Limitada”, y “Omnipress, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 9.2, ubicada en la planta novena, el día 19 de diciembre de 2013, a las once y treinta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Acta

En Madrid, a 14 de junio de 2013.—Ante la ilustrísima magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana, de este Juzgado de lo social número 32, con asistencia de mí, la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín, comparecen: como demandante don José Antonio Martín Berigüete, representado por el letrado don Javier Sergio Paredero Moreno, con número de colegiado 52.831 mediante poder otorgado por notario don Joaquín Osuna Costa al número de protocolo 1.528, en Leganés, a 7 de diciembre de 2012, y como demandadas, “Estructura Editorial, Sociedad Limitada”, “Iniciativas Actuales de Comunicación, Sociedad Limitada”, “Diversidad Informática, Sociedad Limitada”, y “Omnipress, Sociedad Limitada”, no comparecen.

Su señoría, a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicios señalados por el siguiente motivo:

Por falta de citación en legal forma de las empresas “Estructura Editorial, Sociedad Limitada”, e “Iniciativas Actuales de Comunicación, Sociedad Limitada”. Se acuerda su citación mediante edictos.

Asimismo acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 19 de diciembre de 2013, a las once y treinta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para los mismos.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después su señoría, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 30 de abril de 2013.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha sido presentada demanda por don José Antonio Martín Berigüete, contra “Diversidad Informática, Sociedad Limitada”, y otros tres, en materia de despido, que ha correspondido a este Juzgado en turno de reparto.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 30 de abril de 2013.

Parte dispositiva

1. Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.

2. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 14 de junio de 2013, a las once horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, que se sustanciará por las reglas del procedimiento de despidos/ceses en general.

Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.

Adviértase a las partes:

1. Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

2. Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda.

3. Que la incomparecencia injustificada de las demandadas, citadas en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin la necesidad de declarar su rebeldía.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Las empresas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 26 de junio de 2013.—El secretario judicial, David Atienza Marcos.

(03/23.378/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130719-202