Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130723-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

134
Ejecución 145 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 145 de 2013, autos número 216 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Hernández Vicente, frente a “Instalación, Proyectos y Consultoría Eléctrica, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 10 de junio de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha de 22 de mayo de 2013 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña Alicia Hernández Vicente solicitando la ejecución del acta de conciliación ante este Juzgado de fecha 15 de abril de 2013 por la que se condena a “Instalación, Proyectos y Consultoría Eléctrica, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 10 de junio de 2013.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación ante este Juzgado a favor de la parte ejecutante, doña Alicia Hernández Vicente, frente a la demandada “Instalación, Proyectos y Consultoría Eléctrica, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 4.062,00 euros, más 406,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/0216/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Instalación, Proyectos y Consultoría Eléctrica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.501/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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