Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130723-83

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

83
Procedimiento ordinario 294 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 294 de 2010 se ha dictado sentencia y, posteriormente, auto aclaratorio de la misma, y habiéndose acordado por resolución de esta fecha la notificación al demandado don Victoriano Palacios García por medio de edictos, siendo el encabezamiento y fallo de dicha sentencia y los antecedentes de hecho y parte dispositiva de dicho auto los siguientes:

Sentencia número 178 de 2012

En Madrid, a 16 de julio de 2012.—La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 294 de 2010, sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de “Alinex, Sociedad Limitada”, y “Palismón, Sociedad Limitada”, representadas por la procuradora de los tribunales doña Sonia de la Serna Blázquez, contra “Palismón, Sociedad Limitada”, don Victoriano Palacios García, don Ismael Palacios García y don Fernando Ruiz Pavón, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por “Alinex, Sociedad Limitada”, y “Palismón, Sociedad Limitada”, representadas por la procuradora de los tribunales doña Sonia de la Serna Blázquez, contra “Palismón, Sociedad Limitada”, don Victoriano Palacios García, don Ismael Palacios García y don Fernando Ruiz Pavón, en rebeldía, condeno a los expresados demandados al pago de 24.843,13 euros a “Diseños Inmobiliarios” y 17.766,94 euros a “Alinex, Sociedad Limitada”.

Asimismo, deberán satisfacer intereses legales devengados por dichas cantidades desde la fecha de la demanda, si bien los codemandados don Victoriano Palacios García, don Ismael Palacios García y don Fernando Ruiz Pavón no responderán de los intereses que excedan el límite del afianzamiento pactado según se recoge en el fundamento jurídico cuarto de la presente resolución.

No ha lugar a efectuar pronunciamientos sobre las costas procesales causadas.

Auto

Magistrada-juez de primera instancia, doña Rocío Nieto Centeno.—En Madrid, a 27 de julio de 2012.

Dada cuenta; visto el estado procesal que mantienen estas actuaciones, es procedente dictar la presente resolución en base a los siguientes

Antecedentes de hecho:

Primero.—En el presente procedimiento se ha dictado sentencia de fecha 16 de julio de 2012 que ha sido notificada a las partes.

Segundo.—La referida resolución contiene el siguiente error: en el encabezamiento y en el fallo de la misma se refleja como parte actora a las entidades “Alinex, Sociedad Limitada”, y “Palismón, Sociedad Limitada”, siendo las demandantes las entidades “Alinex, Sociedad Limitada”, y “JC Diseños Inmobiliarios, Sociedad Limitada”. Asimismo, en el fallo de la resolución se ha escrito incompleto el nombre de la mercantil “JC Diseños Inmobiliarios, Sociedad Limitada”.

Parte dispositiva:

Se rectifica la sentencia de fecha 16 de julio de 2012 en el sentido que a continuación se dice, quedando su encabezamiento redactado de la siguiente forma:

«La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 294 de 2010, sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de “Alinex, Sociedad Limitada”, y “JC Diseño Inmobiliario, Sociedad Limitada”, representadas por la procuradora de los tribunales doña Sonia de la Serna Blázquez, contra “Palismón, Sociedad Limitada”, don Victoriano Palacios García, don Ismael Palacios García y don Fernando Ruiz Pavón, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.»

Y quedando redactado el primer párrafo del fallo de la siguiente forma:

«Que estimando parcialmente la demanda formulada por “Alinex, Sociedad Limitada”, y “JC Diseños Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, representadas por la procuradora de los tribunales doña Sonia de la Serna Blázquez, contra “Palismón, Sociedad Limitada”, don Victoriano Palacios García, don Ismael Palacios García y don Fernando Ruiz Pavón, en rebeldía, condeno a los expresados demandados al pago de 24.843,13 euros a “JC Diseños Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, y 17.766,94 euros a “Alinex, Sociedad Limitada”».

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Victoriano Palacios García se ha acordado la publicación de la presente para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Madrid, a 7 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/5.229/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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