Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130723-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende

28
Notificación resolución incumplimiento pago precios públicos

Resolución de 19 de junio de 2013 por la que se dispone la publicación de las resoluciones para el envío a vía ejecutiva de la deuda pendiente para responder del incumplimiento del pago de los precios públicos no abonados por la utilización de los despachos de los viveros de empresas.

Habiéndose intentado la notificación de los expedientes que continuación se relacionan en los domicilios de los destinatarios de las resoluciones para el envío a vía ejecutiva de la deuda pendiente para responder del incumplimiento del pago de los precios públicos no abonados por la utilización de los despachos de los viveros de empresas, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

Expediente. — Interesado. — Número de identificación fiscal. — Vivero. — Despacho. — Importe

INC/2011/001. — Ágora News Comunicación, Sociedad Limitada. — B-85442275. — Vicálvaro. — 102. — 561 euros.

INC/2011/005. — Adecol Limpiezas, Sociedad Limitada. — B-85334217. — Vicálvaro. — 106. — 439,37 euros.

INC/2011/008. — Landing Lab, Sociedad Limitada. — B-85811958. — Carabanchel. — 206. — 1.834,30 euros.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en un plazo de un mes contado desde la publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o tribunal de la jurisdicción contencioso-administrativa que corresponda, dentro de los dos meses siguientes. Todo ello sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y según lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid.—El gerente de la Agencia de Desarrollo Económico, José Ignacio Ortega Cachón, el director general de Comercio y Desarrollo Económico (disposición transitoria tercera.2 del acuerdo de 17 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid).

(02/4.801/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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