Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2013

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130723-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

17
NOTIFICACIÓN a la farmacéutica doña María Teresa Limones González de Resolución de 29 de mayo de 2013, de la Directora General de Ordenación e Inspección, en el expediente de solicitud de apertura de oficina de farmacia en el municipio de Móstoles, incoado a instancia de ella misma.

En el expediente de solicitud de apertura de oficina de farmacia en el municipio de Móstoles se ha dictado Resolución en 29 de mayo de 2013, con el siguiente texto:

«Visto el escrito presentado por doña Teresa Limones González, en el que solicita autorización de apertura de una nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica 08.01.10. “Parque Coimbra” del municipio de Móstoles, resulta:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 12 de febrero de 2013 la referida interesada presentó en la Consejería de Sanidad dicha solicitud.

Segundo

Con fecha 22 de marzo de 2013 se requirió por la Subdirección General de Ordenación a la señora Limones González para que formalizara debidamente su instancia, aportando la documentación preceptiva no presentada y apercibiéndole sobre los efectos de su no cumplimentación en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la notificación del mismo.

Tercero

A efectos de cómputo de plazos, el acuse de recibo de dicha notificación tiene fecha de 5 de abril de 2013.

Cuarto

Al día de la fecha, la farmacéutica peticionaria no ha aportado la documentación requerida, ni ha alegado causa alguna no imputable a ella misma.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero

En la tramitación del presente expediente se han observado las disposiciones legalmente aplicables.

Segundo

Según dispone el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen ­Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

“Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición”.

Tercero

Esta Dirección General es competente para resolver sobre la cuestión planteada, en virtud de las atribuciones que le están conferidas por el artículo 34.2 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 10.f) del Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, por lo que vengo en

RESOLVER

Declarar el desistimiento de la solicitud formulada por doña Teresa Limones González para apertura de nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica 08.01.10, “Parque Coimbra” del municipio de Móstoles, procediendo al archivo de la solicitud.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la ilustrísima señora Viceconsejera de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente Resolución, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 29 de mayo de 2013.—La Directora General de Ordenación e Inspección, Paloma Martín Martín».

Lo que se comunica a los oportunos efectos, y ante la imposibilidad de notificación individual, se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 1 de julio de 2013.—La Secretaria General Técnica, Cristina Torre-Marín Comas.

(03/24.063/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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