Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130724-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

99
Procedimiento ordinario 1.000 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Órgano que ordena notificar: Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 1.000 de 2011, promovido por doña Victorita Ibram, sobre materias laborales individuales.

Empresa que se notifica: “Río Iguazú, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada.

Objeto de la notificación: notificar la sentencia a la empresa demandada “Río Iguazú, Sociedad Limitada”.

Sentencia número 44 de 2013

En Madrid, a 8 de febrero de 2013.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de doña Victorita Ibram, frente a la empresa “Río Iguazú, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, condeno a la empresa “Río Iguazú, Sociedad Limitada”, a que abone a doña Victorita Ibram la cantidad de 6.820,89 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores que devengue la parte del principal correspondiente a 2.091,10 euros, excluyendo a efectos de este interés especial los importes de la compensación de las vacaciones no disfrutadas, de la indemnización por despido, de la compensación por falta de preaviso y de las diferencias en el plus de transporte, sin perjuicio de la aplicación de interés previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el importe íntegro del principal.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a la partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/34 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

La publicación de este edicto sirve de notificación en legal forma a la parte demandada “Río Iguazú, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero.

En Madrid, a 21 de junio de 2013.—La secretaria judicial, Rosario Barrio Pelegrini.

(03/22.616/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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