Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2013

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130724-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

98
Procedimiento ordinario 570 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 570 de 2011, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 27 de marzo de 2013.—Vistos y oídos por don Teodoro Ladrón Roda, magistrado-juez de refuerzo en comisión de servicios en el Juzgado de lo mercantil número 6 de esta localidad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el número 570 de 2011, a instancias de don Mohammad Reza Khayatian Chitsaz y doña Mimma-Cesira Cavenago Meneses, ostentando su representación la procuradora doña Ana María Ariza Colmenarejo y su defensa técnica la letrada doña Graciela Otondo Abente, contra “Carsaiz Proyectos, Sociedad Limitada”, don Alberto Carlón Heras y doña Concepción Saiz Frías, en situación de rebeldía procesal en los presentes autos, sobre acciones de petición de declaración de concurrencia de causa de disolución en sociedad y responsabilidad de los administradores sociales y resultando los siguientes:

Fallo

Estimar totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de don Mohammad Reza Khayatian Chitsaz y doña Mimma-Cesira Cavenago Meneses, contra “Carsaiz Proyectos, Sociedad Limitada”, don Alberto Carlón Heras y doña Concepción Saiz Frías.

Declarar que “Carsaiz Proyectos, Sociedad Limitada”, está incursa en la causa de disolución prevista en el artículo 104.1.c) de la LSRL y que los administradores mancomunados de esta, don Alberto Carlón Heras y doña Concepción Saiz Frías no han cumplido con sus obligaciones, y condenar solidariamente a don Alberto Carlón Heras y doña Concepción Saiz Frías, en tanto que administradores responsables solidarios de “Carsaiz Proyectos, Sociedad Limitada”, a pagar a don Mohammad Reza Khayatian Chitsaz y doña Mimma-Cesira Cavenago Meneses, la cantidad de 154.060,38 euros, devengando dicha cantidad el interés legal del dinero desde la fecha de la interpelación judicial (17 de octubre de 2011), hasta el completo pago del principal, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución, con expresa imposición de costas a los demandados.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días para su ulterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Al notificarse la resolución a las partes, se indicará la necesidad de constitución de depósito para recurrir, así como la forma de efectuarlo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Alberto Carlón Heras, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 5 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/5.247/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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