Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130729-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

77
Procedimiento 297 de 2012

EDICTO

En el procedimiento de despidos/ceses en general número 297 de 2012, sobre despido, siendo demandante doña Pilar Ayuga Parrilla, y demandadas “Spa & Salón España, Sociedad Anónima”, “Spa & Salón Internacional”, y “Uniléver España, Sociedad Anónima”, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 31 de mayo de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha transcurrido el plazo sin que la parte actora haya hecho manifestación alguna. Paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 31 de mayo de 2013.

Parte dispositiva:

Dispongo: Habiendo transcurrido en exceso el plazo de cuatro días a fin de que la parte actora amplíe la demanda, sin que la parte haya manifestado nada, se acuerda archivar la demanda presentada por doña Pilar Ayuga Parrilla.

Una vez firme esta resolución, archívense las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2508/0000/69/0492/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

En Madrid.—La secretaria judicial, Ana Belén Requena Navarro.

(03/23.231/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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