Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
30-07-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130730-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

176
Ejecución 51 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 51 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Burneo Medianero, don Alexánder Muñoz Benítez, don Ángel Manuel Arévalo Avilés, don Carlos Rafael Camacho Medina, doña Cristina de León Castillo, doña Fanny Alexandra Guamán Landívar, don Franklin Damián Martínez, don José Chorro Holgado, doña María Fernanda Candelario Vargas, doña María Graciela Arévalo Avilés, doña Marta Maldonado Santanach, don Michael David Cadena Barreno, don Pedro Jurado Rodríguez, don Robert Camacho Medina, don Rubén de la Fuente Prado y doña Silvia Bravo Gómez, frente a “Grupo Belusia Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en fecha 28 de junio de 2013 decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 117.246,17 euros de principal y 18.759,39 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Grupo Belusia Restauración, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase entrega de certificación a la parte ejecutante A fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/1010/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Belusia Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.274/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130730-176