Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2013

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130731-45

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2013, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Dokesim, Sociedad Limitada”, Hospital “Severo Ochoa” y representantes legales de los trabajadores y asesora de FES-UGT y asesora de USO (PCM-0447/2013).

Vista del acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General,

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de junio de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM -0447/2013.

En Madrid, a las diez cuarenta y cinco horas del lunes 17 de junio de 2013.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidenta: Doña María Josefa Jiménez Manzano.

Vocal: Don Jorge Juan Honrubia Pantoja.

Vocal: Don Juan Ramón López García.

Vocal: Don Salustiano Forteza Sánchez.

Secretario: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha lunes, 10 de junio de 2013, para conocer del expediente citado.

De una parte constan como citados y comparecen:

Doña Mónica del Río Rodríguez, en calidad de representante legal.

Doña Ana Lucía Prieto González, en calidad de representante legal.

“Dokesim, Sociedad Limitada”, Hospital “Severo Ochoa”, con domicilio en calle Hernani, número 73, Madrid.

De otra parte constan como citados y comparecen:

Doña Lydia Sosa Donaire, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Rosario Martínez Coronado, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Rafael Gil Hita, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Pilar Sobrino Pascual, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don José Manuel Gallego Cela, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Ascensión Otero Risco, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Esteban Martínez Galey, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Rosa María Sampedro Rodríguez, en calidad de asesora de FES-UGT.

Doña Pilar Rueda Rodríguez, en calidad de asesora USO.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por doña Lydia Sosa Donaire, como presidenta del comité de empresa

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:



El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once y treinta horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/24.228/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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