Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
01-08-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130801-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

133
Ejecución 28 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 28 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sheila Collado García, doña María Esther Sousa Piña, doña Támara García Moreno, doña María Teresa Ferrer Moreno, doña Sonia Moreira Botia, doña Carmen Valverde Mena, don Nicolás San Martín Arias, don David Jorge Alzamendi, don Javier Sánchez Díaz, doña María Angélica Muñoz González, doña Marta Mansino Méndez, doña Beatriz Gómez González, doña Úrsula Ferez Broncano, don Daniel Yubero Catalán, doña María del Carmen Fernández García, don Rubén Zapata Román, don Daniel Vaíllo Román, doña Marta Aguilar Soto, doña Laura Sánchez García, doña Joana Fernández Recio, doña Francisca Romero Linares, doña María C. Verdes-Montenegro Rollán, doña Ana Esperanza de la Torre del Pozo, doña Yanira Merino Blanco, don Alonso Bermejo Solas, doña Carmen Camons Fernández y doña María Trinidad Cabeza Sánchez, frente a “Centro Apuestas Puseca, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 39.526,37 euros de principal, 5.958,55 euros de intereses y 5.958,55 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Centro Apuestas Puseca, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2514/0000/64/0028/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Centro Apuestas Puseca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.619/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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