Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
01-08-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130801-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

76
Procedimiento 452 de 2012

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento ordinario número 452 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 104 de 2013

En Madrid, a 29 de mayo de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de esta villa, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 452 de 2012 se han sustanciado en esta sede, y en los que han sido partes: de un lado, y como demandante, “Franchising Calzedonia España, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales señora Rodríguez Puyol y asistida por el letrado señor García Martín, y de otro lado, y como demandada, doña Ana María Alcázar García, declarada en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora de los tribunales señora Rodríguez Puyol, en nombre y representación de “Franchising Calzedonia España, Sociedad Anónima”, contra doña Ana María Alcázar García, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de 39.859,93 euros, que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a la demandada doña Ana María Alcázar García la sentencia de fecha 29 de mayo de 2013 a los fines y plazos indicados en la misma.

En Madrid, a 13 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/5.259/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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