Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-226

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

226
Procedimiento 432 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 432 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Domínguez Ruano, frente a Fondo de Garantía Salarial, ministerio fiscal, “Renoip, Sociedad Limitada”, y “Serigrafía Pioner, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo en parte la demanda interpuesta por don Joaquín Domínguez Ruano, frente a la empresa “Serigrafía Pioner, Sociedad Limitada”, y declaro que el trabajador ha sido objeto de un despido improcedente con fecha de efectos 21 de febrero de 2012, condenando a la empresa demandada a que readmita al trabajador en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes del despido, con abono de los salarios dejados de percibir, o bien, a su elección, le indemnice en la cantidad de 11.958,25 euros; esta opción deberá ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia mediante escrito presentado ante este Juzgado o comparecencia. Absuelvo a “Renoip, Sociedad Limitada”, de los pedimentos formulados en su contra.

Debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo social), debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Renoip, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.321/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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