Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-256

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 3

256
Ejecución 186 de 2013

EDICTO

Don Donato Alférez Moral, secretario del Juzgado de lo social número 3 de Almería.

Por medio del presente edicto hace saber: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado, bajo el número de ejecución 186 de 2013, sobre despido, a instancias de don Ángel Francisco Jiménez Fernández y doña Alba Piedad Manrique Intriago, contra “Lastra Destinos, Sociedad Limitada”, “Account Executive, Sociedad Limitada”, “Mirador de Adra, Sociedad Limitada”, “Adra Costa Valma Inversiones, Sociedad Limitada”, y “Grupo Horizonte Verde”, aparece dictada resolución, cuyo contenido es como sigue:

Auto

En Almería, a 3 de julio de 2013.—Vistos, además de los citados preceptos, los de general y pertinente aplicación,

Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre los trabajadores don Ángel Francisco Jiménez Fernández y doña Alba Piedad Manrique Intriago y las empresas “Lastra Destinos, Sociedad Limitada”, “Account Executive, Sociedad Limitada”, “Mirador de Adra, Sociedad Limitada”, “Adra Costa Valma Inversiones, Sociedad Limitada”, y “Grupo Horizonte Verde”, condenando solidariamente a todas ellas (y al administrador concursal don Manuel Juan López Porras, a estar y pasar por esta declaración) a que abonen a las partes actoras:

A don Ángel Francisco Jiménez Fernández: la cantidad de 52.041,37 euros de indemnización, calculada desde el inicio de la relación laboral el día 16 de junio de 1999 (catorce años, y un mes, de los cuales doce años y ocho meses han sido calculados a cuarenta y cinco días, y un año y cinco meses a treinta y tres días) hasta hoy, al no haber optado la empresa, y con un salario diario de 84,38 euros (sin incluir las gratificaciones extraordinarias), así como, además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (1 de enero de 2011) hasta la de la presente resolución (3 de julio de 2013), novecientos trece días, pero haciéndose los siguientes descuentos: del 13 de agosto de 2012 al 18 de septiembre de 2012, treinta y siete días; del 1 de febrero de 2013 al 8 de febrero de 2013, corresponden ocho días; total, cuarenta y cinco días que han de ser descontados que ha trabajado para otras empresas, quedando ochocientos sesenta y ocho días; por tanto ascienden los salarios a una cantidad total de 73.241,84 euros.

A doña Alba Piedad Manrique Intriago: la cantidad de 20.777,98 euros de indemnización, calculados desde el inicio de la relación laboral el día 20 de abril de 2007 (seis años y tres meses, de los cuales cuatro años y diez meses han sido calculados a cuarenta y cinco días, y un año y cinco meses a treinta y tres días) hasta hoy, al no haber optado la empresa, y con un salario diario de 78,63 euros (sin incluir las gratificaciones extraordinarias), así como, además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (1 de enero de 2011) hasta la de al presente resolución (3 de julio de 2013), novecientos trece días, pero haciéndose los siguiente descuentos: desde el día 21 de mayo de 2012 al 20 de febrero de 2013, doscientos setenta y cinco días, que han de ser descontados por trabajos para otras empresas, quedando seiscientos treinta y ocho días; por tanto, ascienden los salarios a una cantidad de 50.165,94 euros.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndose saber que frente a la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social haber constituido el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial al número 238000068018613, debiendo especificarse por la parte en el campo “Concepto” del documento que se trate de un “Recurso de reposición”, seguido del código “30”.

Así lo mandó y firma el ilustrísimo señor don Juan Carlos Aparicio Tobaruela, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Almería y su provincia.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada, “Account Executive, Sociedad Limitada”, que se encuentra actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en la calle Doctor Fleming, número 3, de Madrid, expido el presente en Almería, a 3 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.392/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-256