Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
16-08-2013

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130816-11

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ORDEN 1901/2013, de 31 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve el expediente de deslinde del monte demanial denominado “Terrenos de la Compra”, número 164 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Patones.

Examinado el expediente de deslinde del monte demanial denominado “Terrenos de la Compra”, número 164 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Patones, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente y, visto el Informe-Propuesta del Jefe del Área de Desarrollo del Plan Forestal, con la conformidad del Director General del Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

DISPONGO

Primero

Aprobar el deslinde del monte “Terrenos de la Compra”, número 164 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid (en adelante CUP), situado en el término municipal de Patones, perteneciente a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las Actas, Registro Topográfico y Plano que figuran en el expediente de deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente:

— Comunidad Autónoma: Madrid.

— Número del catálogo: 164.

— Nombre: “Terrenos de la Compra”.

— Término municipal: Patones.

— Pertenencia: Comunidad de Madrid.

— Límites:

• Norte: Terrenos de la sociedad particular “Conveniencias de Buitrago”, Vía Pecuaria “Cañada de la Caleriza” y terrenos del Canal de Isabel II.

• Este: Carretera M-134, terrenos del Canal de Isabel II y terrenos de la Asociación “Terrenos de la Compra”.

• Sur: “Arroyo de Valdentales”.

• Oeste: “Arroyo de Valdentales” y terrenos de la Asociación “Terrenos de la Compra”.

Descripción de linderos: El monte está situado al noreste del casco urbano de Patones, próximo al embalse de El Atazar. Se accede al mismo a través de la pista que sale de la carretera M-134, o bien desde la zona de instalaciones y servicios del embalse de El Atazar expropiada por el Canal de Isabel II.

Se lleva a cabo la definición del perímetro exterior mediante la colocación de un total de 62 piquetes, estando estos numerados del número 1 al número 55 , entre los que se incluyen los piquetes bis: 1 Bis, 4 Bis, 4 Bis 2, 4 Bis 3, 9 Bis, 9 Bis 2 y 10 Bis.

El lindero norte comienza en el piquete de deslinde número 1, situado en el “Alto de la Baña Grande”, donde el monte objeto de deslinde comienza a lindar con los terrenos de la sociedad “Conveniencias de Buitrago” y continúa en dirección noreste, estando definido el límite por la línea divisoria de aguas vertientes que va desde el citado “Alto de la Baña Grande” hasta el “Collado del Visillo”, y coincidiendo con la mojonera existente sobre el terreno, correspondiente con los hitos de piedra instalados en su día por la sociedad “Conveniencias de Buitrago”, para delimitar su propiedad, a excepción del piquete número 4, coincidente con el vértice geodésico del “Cancho de la Cabeza”, y del piquete número 10 Bis, que se corresponde con una estaquilla de madera, y en el cual el monte deja de limitar con terrenos de la sociedad “Conveniencias de Buitrago”.

El límite del monte, desde el piquete número 10 Bis, continúa en línea recta en dirección noreste por la línea divisoria de aguas vertientes que va desde el “Collado del Bizuerco” hasta el “Collado del Visillo”, hasta el piquete número 11, limitando el monte en este tramo con la Vía Pecuaria “Cañada de la Caleriza” de 75 metros de ancho legal, según el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Patones, aprobado por Orden Ministerial de 15 de septiembre de 1955, marcando el piquete número 11 el final de la colindancia con la Vía Pecuaria “Cañada de la Caleriza”.

Desde el piquete número 11 el monte comienza a lindar con terrenos del Canal de Isabel II, siguiendo la línea quebrada que une los mojones situados tras la expropiación de estos terrenos por el Canal de Isabel II.

En los tramos de colindancia con los terrenos expropiados por el Canal de Isabel II se realizó un levantamiento topográfico de todos los mojones encontrados en el terreno, siendo considerados como piquetes de deslinde los que se encontraban en cambios de dirección del límite del monte, y como piquetes auxiliares el resto de los mojones, los cuales figuran en el Anexo de Coordenadas al Acta de Apeo.

El límite del monte continúa en dirección sur por el piquete número 12, donde gira en dirección sureste, después pasa por el piquete número 13, donde gira en dirección este-noreste para llegar al piquete número 14, que se corresponde con una estaquilla de madera, y que marca el final de la colindancia con terrenos del Canal de Isabel II, así como el final del lindero norte.

El lindero este comienza en el piquete número 14, comenzando a colindar el monte con la carretera M-134, y continuando el lindero en dirección sur-sureste hasta el piquete número 17, limitando en todo este tramo con la zona de dominio público de la carretera M-134, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, que debido a las características de la carretera en cuestión se sitúa a 3 metros de la intersección del talud de desmonte de la carretera M-134 con el terreno natural.

Desde el piquete número 17 el límite del monte comienza a colindar con terrenos del Canal de Isabel II, hasta llegar al piquete número 21, quedando el límite del monte definido por la línea quebrada que une los mojones del Canal de Isabel II consecutivos existentes sobre el terreno.

Desde el piquete número 21 se continúa hasta llegar al piquete número 25, colindando de nuevo el monte con la carretera M-134, quedando el límite del monte definido por el trazado que marca el dominio público viario según el artículo 30 la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, y que debido a las características de la carretera en cuestión se sitúa a 3 metros de la intersección del talud de desmonte de la carretera M-134 con el terreno natural.

Entre los piquetes número 25 y número 27 el monte vuelve a colindar con terrenos del Canal de Isabel II, quedando el límite del monte definido por la línea quebrada que une los mojones del Canal de Isabel II consecutivos existentes sobre el terreno.

El piquete número 27 marca el final de la colindancia del monte objeto de deslinde con la carretera M-134 y el inicio de la colindancia con los terrenos de la Asociación “Terrenos de la Compra”.

Desde el piquete número 27 el límite del monte continúa en dirección sureste hasta el piquete número 28, quedando definido por el curso de la vaguada conocida como “Reguero del Collado de la Morra”. Desde este último piquete, el límite del monte continúa por el margen izquierdo (en el sentido de avance del deslinde) de la pista forestal conocida como “Del Collado al Mojón de las Salegas” en dirección noreste hasta el piquete número 31 y, desde este al piquete número 36, en dirección sur-sureste. Continuando en dirección sur desde el piquete número 36, el límite alcanza al piquete número 37, quedando definido en este tramo por el curso de la vaguada conocida como “Reguero de los Becerriles”.

Continuando con dirección general sur, desde el piquete número 37 al número 51, el límite del monte queda definido por la línea quebrada que une los mojones existentes sobre el terreno, recorriendo los parajes “Collado de los Becerriles”, “Morra de Valconejero”, “Morra del Retamar”, “El Retamar de Valdevilanos” y “Boca de Valdevilanos”. Todos los piquetes se corresponden con mojones formados por montones de piedras, de alturas variables entre los 0,20 y 1,20 metros, a excepción del piquete número 51, constituido por una estaquilla de madera situada en el punto de intersección del “Arroyo de las Bañuelas o de Valdevilanos”, con el “Arroyo de Valdentales”.

El piquete número 51 marca el final del primer tramo de colindancia con los terrenos de la Asociación “Terrenos de la Compra”, así como el final del lindero este.

El lindero sur comienza en el piquete número 51, continuando en dirección suroeste por el curso del “Arroyo de Valdentales”, hasta el punto en el cual el límite del monte gira en dirección noroeste, a la altura del cambio entre la parcela catastral número 27 del polígono 4, cuyo titular catastral es la Asociación “Terrenos de la Compra” y la parcela catastral número 28 del polígono 4, cuyos titulares catastrales son don Francisco Prieto Lozano y don Luis Lozano Prieto. Dicho punto está situado aproximadamente en la cota 830 metros, estando definido el límite del monte objeto de deslinde en este tramo por el curso del “Arroyo de Valdentales”, pasando por los tramos conocidos como “Arroyo de la Huelga de Inés” y “Barranco del Hoyón”. Dicho arroyo separa el monte objeto de deslinde de las parcelas número 250 y 251 del polígono 6, y 28 del polígono 4 del término municipal de Patones, cuyos titulares catastrales son don Francisco Prieto Lozano y don Luis Lozano Prieto.

El punto citado anteriormente, en el cual el límite del monte gira en dirección noroeste, aproximadamente en la cota 830 metros, marca el final del lindero sur.

El lindero oeste comienza en el punto citado anteriormente, en el cual el límite del monte gira en dirección noroeste, aproximadamente en la cota 830 metros, continuando en dirección noroeste por el curso del “Arroyo de Valdentales” hasta el piquete número 52, limitando el arroyo por su otro lado con terrenos de la Asociación “Terrenos de la Compra”, y estando definido este tramo por el curso del citado arroyo, pasando por los tramos conocidos como “Barranco del Hoyón”, “Barranco del Recuenco”, “Barranco de las Sargas” y “Arroyo del Gamonoso”.

En el piquete número 52, situado en la zona conocida como “Fuente del Gamonoso”, el límite del monte deja de estar definido por el curso del “Arroyo de Valdentales”.

Desde el piquete número 52 el límite del monte continúa en dirección noroeste hasta el piquete número 1, limitando el monte objeto de deslinde con terrenos de la Asociación “Terrenos de la Compra”, estando definido este tramo por las alineaciones rectas consecutivas entre los mojones existentes sobre el terreno, formados por montones de piedras de alturas variables entre los 1,20 y 1,50 metros, entre los parajes de la “Fuente del Gamonoso” y el “Alto de la Baña Grande”.

El piquete número 1 marca el final de la colindancia con los terrenos de la Asociación “Terrenos de la Compra”, así como el final del lindero oeste.

Superficies:



Otras características: El monte “Terrenos de la Compra” fue adquirido por el Patrimonio Forestal del Estado en noviembre de 1955, por expropiación forzosa a la Sociedad del Común de Vecinos de Patones, compuesta por 52 vecinos de dicho municipio, mediante acta de ocupación de 3 de noviembre de 1955.

Por Real Decreto 1703/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de conservación de la naturaleza, el monte “Terrenos de la Compra” queda incluido en el “Inventario Detallado de Bienes, Derechos y Obligaciones del Estado adscritos a los Servicios que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Madrid”, tal y como consta en su apartado 4, Fincas propiedad del Estado.

El monte de “Terrenos de la Compra” número 164 del CUP no se encuentra inmatriculado.

Segundo

Gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral, en cuanto resultase contradictoria con la descripción del monte.

Tercero

Denegar la reclamación formulada por don Aurelio Santamaría Pastor, representante y Presidente de la sociedad “Conveniencia de Buitrago”, ya que la titularidad catastral no implica el reconocimiento público de un derecho, debido a que el catastro no da fe de los derechos que recaigan sobre la finca ni, por tanto, acredita su titularidad dominical, declarándose expedita la vía judicial civil.

Cuarto

Dar traslado de los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.

Quinto

Inmatricular el monte, con los nuevos datos resultantes de la descripción del monte, en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna.

Sexto

Proceder, a la mayor brevedad posible, al amojonamiento del monte, redactando y tramitando el correspondiente proyecto de amojonamiento.

Séptimo

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente Orden por la que se resuelve el expediente de deslinde del monte número 164 del CUP, denominado “Terrenos de la Compra”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, podrán impugnar la presente Orden ante la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, las personas afectadas que hayan intervenido como parte en el expediente de deslinde, si plantearan cuestiones de tramitación o de carácter administrativo; pero no podrá sustanciarse en dicha jurisdicción ninguna relativa al dominio o posesión del monte o cualquiera otra de naturaleza civil.

Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el excelentísimo señor Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 31 de julio de 2013.—El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, PD (Orden 441/2013, de 27 de febrero), el Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Enrique Ruiz Escudero.

(03/26.928/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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