Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
17-08-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130817-47

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

47
Procedimiento ordinario 682 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 682 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sandra Bravo García, frente a “Yous Fer, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se han dictado sentencia de fecha 15 de abril de 2013 y diligencia de ordenación de fecha 17 de julio de 2013, cuyo fallo y parte dispositiva son los siguientes:

Que estimando la demanda formulada por doña Sandra Bravo García, frente a la empresa “Yous Fer, Sociedad Limitada”, condeno a la citada empresa a abonar a la actora por los conceptos de su demanda la cantidad de 454,86 euros, así como 45,49 euros más por interés legal por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso ordinario alguno por ser inferior a 3.000 euros la cuantía reclamada por la parte actora [artículo 191.g) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social].

Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencia y autos, dejando en autos testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Por recibida devuelva la diligencia de notificación del Servicio Común de Actos de Comunicaciones y Ejecución de Madrid, en fecha 2 de julio de 2013, y la consulta efectuada a la base de datos del Registro Mercantil Central, se unen a los autos de su razón y acuerdo:

Siendo negativa la diligencia de notificación a la empresa ejecutada en el domicilio que consta en la base de datos del Registro Mercantil Central, y desconociéndose otro domicilio en el que poder practicar la diligencia de notificación a “Yous Fer, Sociedad Limitada”, procédase a notificar conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social insertando en extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin el proceso o resuelva incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

No constando en las actuaciones la notificación de la sentencia de fecha 15 de abril de 2013 a las empresa ejecutada, se procede a su notificación conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Yous Fer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.651/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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