Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
19-08-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130819-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

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Procedimiento ordinario 1.122 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 1.122 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 108 de 2012

En Madrid, a 4 de mayo de 2012.—Vistos por mí, doña Amelia Reíllo Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, los autos correspondientes al juicio ordinario que fueron registrados bajo el número 1.122 de 2010, instados por “Lamaignere, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Alberto Hidalgo Martínez y asistida por la letrada doña Sara Curto del Valle, contra “Deneb Cargo Services, Sociedad Anónima”, y atendiendo al siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Alberto Hidalgo Martínez, en nombre y representación de “Lamaignere, Sociedad Anónima”, contra “Deneb Cargo Services, Sociedad Anónima”, y, en su virtud debo condenar y condeno a la demandada “Deneb Cargo Services, Sociedad Anónima”, a abonar a la actora la cantidad de 47.399,70 euros, más los intereses legales devengados conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y costas del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, se interpondrá ante este tribunal en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación a las partes y que se sustanciará ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/2009, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes la necesidad de constituir depósito conforme al punto 3 de la citada Ley Orgánica y con advertencia del punto 7 de la misma.

Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado dejando testimonio literal del mismo en las actuaciones.

Una vez que sea firme esta resolución y se haya ejecutado lo en ella acordado procédase al archivo de las presentes actuaciones, previas las anotaciones correspondientes en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada que fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Deneb Cargo Services, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 28 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/5.408/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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