Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130822-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

128
Ejecución 29 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 29 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Tatiana Azcárate Rubio, frente a “Lunujosa, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 23 de julio de 2013.

Parte dispositiva:

En su virtud, visto el precepto citado y demás de general aplicación: Se tiene por ampliada la ejecución por importe de 3.493,25 euros, correspondientes a la cantidad en concepto de salarios reseñados en la sentencia de fecha 12 de septiembre de 2012, sin necesidad de retrotraer el procedimiento, y por tanto se tiene ampliada la ejecución por las cantidades de 8.956,06 euros de principal, 537,36 euros de intereses y 895,60 euros para costas, calculados provisionalmente.

Se acuerda dar traslado al Fondo de Garantía Salarial, antes de dictar insolvencia y conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que el término de quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes de la deudora que le consten.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2524/0000/64/0029/13.

Así por este su auto lo acuerda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Henar Merino Senovilla.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lunujosa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.251/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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