Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
24-08-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130824-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

59
Procedimiento 822 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 822 de 2012, recurso de suplicación número 87 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Fernández Fernández, frente a “Guadalhorce Management, Sociedad Limitada”, y “Montajes Cubiser, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto de fecha 22 de julio de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se tiene por no anunciado el recurso de suplicación mencionado en el hecho segundo de esta resolución, y se acuerda el archivo de las actuaciones.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles constar que contra la misma cabe recurso de queja, el cual se interpondrá ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución debiéndose acompañar copia de la resolución recurrida (artículo 495.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, modificado por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal).

Si el recurrente no tiene condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 30 euros en la “Cuenta de consignaciones” de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Diligencia.—La precedente resolución ha sido dictada por el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Montajes Cubiser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.613/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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