Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2013

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130829-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2013, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la exclusión de determinados aspirantes del proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías de Ayudante de Control y Mantenimiento (Grupo IV, Nivel 3, Área B) y Ayudante de Conservación (Grupo IV, Nivel 3, Área B), convocado por Orden de 19 de junio de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de junio).

Mediante Orden de 19 de junio de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de junio; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de julio), se convocaron las pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías de Ayudante de Control y Mantenimiento (Grupo IV, Nivel 3, Área B) y Ayudante de Conservación (Grupo IV, Nivel 3, Área B).

En la base segunda, apartado primero, de la citada Orden se detallaban los requisitos a reunir por los aspirantes que participasen en el proceso anteriormente indicado, señalando, entre otros, el siguiente:

“b) Pertenecer a la categoría profesional del Anexo IV del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid que sea inmediatamente inferior a aquella a la que se pretende acceder, dentro de la misma área funcional (Auxiliar de Obras y Servicios, Grupo V, Nivel 1, Área B), y haber prestado servicios efectivos en dicha categoría como personal laboral fijo durante, al menos, dos años”.

Mediante Acuerdo de 14 de junio de 2013, el Tribunal Calificador de dichas pruebas selectivas hizo pública la relación provisional de aspirantes que habían superado el proceso selectivo de referencia, de modo que, en cumplimiento de lo dispuesto en la base segunda, apartado tercero, de la ya reiterada Orden de convocatoria, a cuyo tenor “Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en esta base en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo”, este Centro Directivo procedió a efectuar las comprobaciones oportunas a efectos de la acreditación de dicho extremo respecto de la totalidad de los aspirantes que figuraban en la citada relación provisional de aprobados del proceso.

A la vista de las actuaciones practicadas, se constata que determinados aspirantes incluidos en el listado de referencia, incumplen, de forma sobrevenida, el requisito dispuesto en la letra b) del apartado primero de la base segunda de la Orden de convocatoria, anteriormente reproducida, al no seguir ostentando la categoría inmediatamente inferior a aquella a la que se pretende acceder, dentro de la misma área funcional (Auxiliar de Obras y Servicios, Grupo V, Nivel 1, Área B), toda vez que dichos aspirantes ostentan en la actualidad la categoría de Ayudante Agropecuario (Grupo IV, Nivel 3, Área B), al haber resultado adjudicatarios, mediante Resolución de 28 de mayo de 2013, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de junio), de plazas correspondientes a esta última categoría, y haberse incorporado, con fecha de efectos de 1 de julio de 2013, a los puestos de trabajo derivados de dicha adjudicación.

En virtud de cuanto antecede, en cumplimiento de la supracitada Orden de convocatoria y demás normas de aplicación, esta Dirección General de Función Pública, en el ejercicio de las competencias que tiene legalmente atribuidas

RESUELVE

Excluir del proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías de Ayudante de Control y Mantenimiento (Grupo IV, Nivel 3, Área B) y Ayudante de Conservación (Grupo IV, Nivel 3, Área B), convocado por la ya mencionada Orden de 19 de junio de 2008, a los aspirantes que figuran en el Anexo de la presente Resolución y en los términos que constan en el mismo, al no pertenecer actualmente a la categoría profesional de Auxiliar de Obras y Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B) desde la que se puede promocionar a aquellas, no reuniendo, en consecuencia, el requisito exigido por la base 2.1.b) de la referida Orden de convocatoria.

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 13 de agosto de 2013.—El Director General de Función Pública, PS (Orden 2342 bis/2013, de 1 de agosto), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Sandra González Santamaría.



(03/27.473/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130829-1