Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130829-10

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

10
Inmatriculación finca

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 25 de junio de 2013, adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:

«El pasado 26 de diciembre de 2012, la Junta de Gobierno Local de esta Corporación acordó proceder a la inmatriculación de la finca propiedad del Ayuntamiento incluida en el Libro Inventario de Bienes con el número de orden 1.888, así como la agrupación, una vez inmatriculada dicha parcela, de las siguientes fincas propiedad del Ayuntamiento de Alcobendas, bajo las cuales se sitúa el aparcamiento subterráneo PAR Julián Baena de Castro y proceder a la inscripción registral de la declaración de obra nueva terminada de la unidad edificatoria situada en la finca resultante. En cumplimiento de lo acordado, se han instado las inscripciones registrales mencionadas e igualmente ha quedado resuelta la concesión administrativa con la adjudicataria de la misma, por lo que cabe iniciar el procedimiento de desafectación del subsuelo, que constituye el paso siguiente en el “iter” procedimental para la constitución del complejo inmobiliario que permita la posterior venta de las plazas de garaje del aparcamiento subterráneo situado en la calle Julián Baena de Castro.

La alteración de la calificación jurídica de los bienes es una declaración de voluntad administrativa formalizada a través de un expediente en el que se acredita la oportunidad y legalidad del cambio de afectación. En cuanto a la legalidad de la desafectación que se tramita, hay que reiterar que su finalidad es la creación, al amparo de la actual regulación de la materia, de un complejo inmobiliario para la posterior venta de las plazas de garaje que se construyan en el subsuelo. La viabilidad de la constitución de la figura jurídico-registral del complejo inmobiliario sobre la unidad edificatoria que se encuentra en la calle Julián Baena de Castro, del término municipal de Alcobendas, se justifica en la regulación actual de esta figura y en las resoluciones administrativas y judiciales que han ido perfilando las condiciones de su utilización para los fines que aquí se pretenden, como se detalla en el informe jurídico que obra en el expediente y al que es procedente remitirse en este punto.

En cuanto a la oportunidad de la desafectación del subsuelo, recordar que es voluntad del equipo de gobierno de este Ayuntamiento poner a disposición de los vecinos plazas de aparcamiento en propiedad, especialmente en la zona centro del municipio, en la que existe un gran número de edificios sin garaje y un déficit de aparcamiento en superficie. Esta decisión municipal de facilitar el acceso de los vecinos a plazas en propiedad se concretó en el denominado Plan Integral de Transformación del Régimen de los Aparcamientos Subterráneos en Régimen de Concesión Administrativa (PITRAS), aprobado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 3 de noviembre de 2009.

Por lo anterior, atendiendo el informe emitido por los Servicios Jurídicos de esta Corporación, en el marco de lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de Bases de Régimen Local, el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y en ejercicio de la competencia atribuida por la disposición adicional segunda del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, esta Junta de Gobierno Local acuerda:

I. Crear una nueva finca independiente, con la naturaleza jurídica de bien patrimonial, en el subsuelo de parte de la calle Julián Baena de Castro, que se segrega de su rasante, en concreto la parte del subsuelo de la plaza pública Julián Baena de Castro, ubicada entre la calle Antonio Machado, calle de la Libertad y calle Julián Baena de Castro, de esta ciudad, y de las siguientes características:

Espacio volumétrico en el subsuelo de la plaza pública Julián Baena de Castro, ubicada entre la calle Antonio Machado, calle de la Libertad y calle Julián Baena de Castro, con una extensión superficial de 6.874,16 metros cuadrados y una profundidad máxima de 8,99 metros, que se inician a partir de la superficie de la finca matriz de la que se segrega esta, la cual tiene un uso destinado a plaza pública. El destino de este subsuelo es el de aparcamiento de vehículos.

Dicha superficie bajo rasante resulta de la yuxtaposición del espacio denominado como sótano primero, con una superficie construida de 2.282,37 metros cuadrados; del espacio denominado sótano segundo, con una superficie construida de 2.289,18 metros cuadrados, y del espacio denominado sótano tercero, con una superficie construida de 2.302,61 metros cuadrados.

De la total cabida del sótano primero, 990,50 metros cuadrados se destinan a plazas de aparcamiento propiamente dichas, 910,88 metros cuadrados se destinan a espacios comunes de circulación, maniobra y paso de vehículos, quedando el resto de superficie destinada a locales afectos a uso de cuarto de baño, caseta de control de instalaciones, accesos peatonales, ascensor y espacios de ventilación.

De la total cabida del sótano segundo, 1.002,50 metros cuadrados se destinan a plazas de aparcamiento propiamente dichas, 910,88 metros cuadrados se destinan a espacios comunes de circulación, maniobra y paso de vehículos, quedando el resto de superficie destinada a locales afectos a uso de cuarto de baño, accesos peatonales, espacios de ventilación y ascensor.

De la total cabida del sótano tercero, 1.043 metros cuadrados se destinan a plazas de aparcamiento propiamente dichas, 829,63 metros cuadrados se destinan a espacios comunes de circulación, maniobra y paso de vehículos, quedando el resto de superficie destinada a locales afectos a uso de cuarto de baño, accesos peatonales, espacios de ventilación y ascensor.

Linda:

— Noreste, lado de 13,39 metros que linda con la calle Libertad; 17,80 metros, con la catastral 6280609VK4868S (dirección postal calle Libertad, número 43); lado de 11,95 metros lindando con la misma finca; poligonal de 47,07 metros, 2,70 metros, 8,10 metros, lindando con las catastrales 6280605VK4868S (calle Libertad, número 35) y 6280607VK4868S (calle Antonio Machado, número 18).

— Sureste: cuatro tramos de 4,92 metros, 17,26 metros, 2,15 metros y 5,20 metros que lindan con la calzada de la calle Antonio Machado esquina Julián Baena de Castro.

— Suroeste, en una longitud de 91,40 metros, con la acera sur de la calle Julián Baena de Castro.

— Noroeste, en una longitud de 41,09 metros, con la calzada de la calle Libertad.

Valoración: 3.270.916,47 euros.

Naturaleza: bien patrimonial.

Cargas: no tiene.

II. Iniciar los trámites de desafectación de la nueva parcela de subsuelo de la calle Julián Baena de Castro referida en el presente acuerdo y por razón del destino a que la misma se vincula, pasando los terrenos del subsuelo a calificarse como bienes patrimoniales de esta Corporación y manteniendo el uso público del suelo compatible con el uso privado del aparcamiento en el subsuelo.

III. Someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, a los efectos previstos en los artículos 81.1 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

De no realizarse alegación alguna durante el citado período de información pública, se entenderá aprobada definitivamente la alteración de la calificación jurídica de los bienes.

IV. Solicitar del Registro de la Propiedad la inscripción del subsuelo desafectado como finca independiente, así como realizar las modificaciones oportunas en el Inventario de Bienes y Derechos Municipales, dando así por recibida la nueva finca desafectada a los efectos previstos en el apartado 3 del artículo 8 del citado Reglamento de Bienes.

V. Facultar al alcalde-presidente de la Corporación, o al concejal-delegado en la materia, para que suscriba cuantos documentos sean necesarios, en su caso, para hacer efectivo el presente acuerdo, y, en concreto, la certificación administrativa que servirá de título formal para la inscripción en el Registro, así como para aclarar, complementar y subsanar los defectos documentales que, en su caso, se deriven de la calificación registral.

VI. Dar traslado de la presente resolución a la Oficina de Catastro e IBI del Ayuntamiento de Alcobendas y al Inventario Municipal a los efectos oportunos».

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 12 de agosto de 2013.—La alcaldesa en funciones, Mónica Sánchez Galán.

(02/5.985/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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