Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130829-18

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

18
Procedimiento 782 de 2011

EDICTO

En el procedimiento de relación paterno-filiales número 782 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por el procurador señor Fernández Martínez, en nombre y representación de doña Patricia Maribel Carvajal Asimbaya, contra don Rubén Arístides Castro Pérez, en situación de rebeldía procesal, establezco en relación con la hija común las siguientes medidas:

1. Se atribuye la guarda y custodia de la hija común a la madre, en cuya compañía queda.

2. Se atribuye el ejercicio exclusivo de la patria potestad a la madre.

3. No procede establecer régimen de visitas a favor del padre, por lo razonado en el fundamento jurídico segundo de esta resolución.

4. En concepto de pensión de alimentos a favor de la hija menor, se establece que el padre, dentro de los cinco primeros días de cada mes abone a la madre 180 euros, actualizándose dicho importe anualmente de conformidad con las variaciones que experimente el índices de precios al consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

Ambos progenitores contribuirán por mitad en los gastos extraordinarios que en relación con la menor puedan producirse, previa acreditación de su necesidad.

Todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída, dada y publicada por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública el día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Rubén Arístides Castro Pérez se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 31 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(03/27.470/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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