Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
31-08-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130831-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

95
Ejecución 184 de 2013-V

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 184 de 2013-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aziz El Maataoui y don Vicente Pozas Ramírez, frente a don Pedro Coba Palmero, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de aclaración, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el auto de fecha 23 de mayo de 2013 dictado en la ejecución número 185 de 2013, en el sentido de que se despacha ejecución a favor de don Vicente Pozas Ramírez por un principal de 8.397,63 euros (6.123,19 euros, más 2.274,44 euros), más 1.427,59 euros presupuestados para intereses y costas de ejecución.

Se subsana el defecto advertido en el decreto de acumulación de fecha 4 de junio de 2013 en el sentido de que se amplía la ejecución número 184 de 2013 en otros 8.397,63 euros de principal, más 1.427,59 euros para intereses y costas.

El principal total de las dos ejecuciones acumuladas asciende a 17.888,54 euros, más 3.041,05 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.

En ambas resoluciones se ha cometido error material en cuanto a las cantidades que el demandado adeuda a don Vicente Pozas Ramírez, a quien corresponde una indemnización de 6.123,19 euros reconocida en sentencia de fecha 13 de febrero de 2013, más 2.274,44 euros en concepto de cantidad.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Francisco Juan Sánchez Delgado.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Pedro Coba Palmero, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.886/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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