Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2013

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130907-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2013, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Valoriza, SM” (LPV Cercedilla) y representante legal de los trabajadores y representante de FSP UGT (PCM-0494/2013).

Vista del acta de la mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General,

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de julio de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM-0494/2013.

En Madrid, a las doce horas del martes 9 de julio de 2013.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Doña Isabel Taboada López.

Vocal: Don Javier Martín de Ana.

Vocal: Don José M. Garrido de la Parra.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles, 26 de junio de 2013, para conocer del expediente citado.

De una parte constan como citados y comparecen:

Doña Carmen Rodríguez Calvo, en calidad de representante legal.

Don Juan Pedro Gamarra Sastre, en calidad de representante.

“Valoriza, SM” (LPV Cercedilla), con domicilio en paseo de la Castellana, número 83-85, de Madrid.

De otra parte constan como citados y comparecen:

Don David Gómez Fernández, en calidad de representante de FSP-UGT Madrid.

Don José Souto Blanco, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don David Gómez Fernández, como representante de la FSP-UGT Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. Ambas partes acuerdan establecer la ultraactividad del presente convenio hasta el 31 de diciembre de 2013.

2. Las partes se reunirán en el seno de la empresa el día 11 de septiembre, a fin de establecer un calendario para proseguir con la negociación del convenio.

3. En virtud del presente acuerdo se desconvocan los paros previstos en el presente expediente.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las doce y treinta horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

(03/26.939/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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