Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130907-47

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

47
Procedimiento ordinario 227 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial sustituta del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 227 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Karen Lupe Cahuiña Gutiérrez, frente a don Fernando de Aguilar Santiago, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto número 36 de 2013 siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 10 de junio de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dejar constancia de que ha transcurrido el plazo concedido mediante la resolución de fecha 24 de febrero de 2012, sin que se haya dado cumplimiento a lo ordenado. Doy fe y paso a dar cuenta.

Auto

En Madrid, a 10 de junio de 2013.—Vistos los preceptos legales mencionados y demás de general aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Archivar la demanda presentada por doña Karen Lupe Cahuiña Gutiérrez, contra don Fernando de Aguilar Santiago, por no haber sido subsanados los defectos de los que la misma adolecía dentro del plazo legal establecido.

Incorpórese el original al libro de autos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2501/0000/60/0227/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Mercedes Gómez Ferreras.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Karen Lupe Cahuiña Gutiérrez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de agosto de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.364/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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